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EN PUERTO DESEADO NO SE PUEDEN REMOVER ARBOLES SIN AUTORIZACION MUNICIPAL

03.08.2015 11:19
Así lo indica la Ordenanza N°4235-HCD-2004. Según este documento, se debe dar una razón fundada para llevar a cabo el retiro de cualquier especie arbórea. Entre otras cosas, también se prohíbe la destrucción y extracción de elementos protectores, así como la fijación de carteles y similares sobre los ejemplares. En caso de incumplimiento se realizará un acta de infracción.
La Dirección de Medio Ambiente dependiente de la Secretaría de Programación Económica, Educación, Ciencia y Tecnología; comunica que se encuentra vigente la Ordenanza N° 4235-HCD-2004, referida al Arbolado Público. En resumen, el documento dice que se deberá solicitar una autorización de la Municipalidad  para sacar cualquier árbol.
Según el artículo 8 del mismo, ninguna especie arbórea podrá ser alterada, dañada o removida. Además se prohíbe la destrucción de tierra y elementos protectores destinados al mantenimiento de los espacios verdes. Tampoco se podrán fijar carteles ni acumular escombros o basura cerca de la vegetación. Se recuerda, por último, que en caso de incumplimiento se elaborará un acta de infracción.
 

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